NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-SSA3-2013
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-SSA3-2013, Para la practica de enfermería en el sistema nacional de salud
Resumen
Introducción:
Enfermería es una disciplina que se encarga de la preservación, cuidado y mejoría de la salud de un individuo desde el estado de seguridad de el mismo hasta la posible perdida de funciones que afecten a su salud. Como profesión a evolucionado a lo largo de el tiempo según el avance tecnológico y científico mejorando la practica y haciéndola una ciencia capas de proteger al individuo, familia y sociedad de manera que solucionan problemas que conllevan el daño producido en los anteriores prevaleciendo la salud del individuo.
Objetivo:
Establece características definitivas para servidores de la salud quienes presentan características definitivas para la practica del servicio de enfermería en áreas de salud.
Campo de practica:
Correcta interpretación y capacidades según su nivel académico y preparación de servicios que brinda.
Referencias:
Norma Oficial Mexicana NOM-003-SSA3-2010, Para la práctica de hemodiálisis.
Norma Oficial Mexicana NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico.
Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA2-1993, De los servicios de planificación familiar.
Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA3-2010, Que establece los requisitos mínimos de infraestructura y
equipamiento de establecimientos para la atención médica de pacientes ambulatorios.
Norma Oficial Mexicana NOM-006-SSA2-1993, Para la prevención y control de la tuberculosis en la atención
primaria a la salud.
Norma Oficial Mexicana NOM-006-SSA3-2011, Para la práctica de la anestesiología.
Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-1993, Atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio y del
recién nacido. Criterios y procedimientos para la prestación del servicio.
Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-2010, Para la prevención y control de la infección por virus de la
inmunodeficiencia humana.
Norma Oficial Mexicana NOM-014-SSA2-1994, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento, control y
vigilancia epidemiológica del cáncer cérvico uterino.
Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus.
Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA2-2012, Para la vigilancia, prevención, control, manejo y tratamiento del
cólera.
Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA3-2012, Que establece las características mínimas de infraestructura y
equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.
Definiciones:
Personal de enfermería: A la persona que brinda servicios de cuidado, protección y pre-valencia de la salud del individuo, familia y sociedad.
Enfermero general: A la persona que concluyo su licenciatura convirtiendo en un general de la profesión.
Enfermero especialista: Ademas de concluir su licenciatura realiza una especialidad de grado enfermero.
Enfermero con maestría: Aquel que acredita su grado de maestría.
Enfermero con doctorado: Aquel que acredita grado de maestría y obtiene un doctorado en la misma.
Aspectos generales:
Ejerciendo con un grado de estudios especifico en cualquier área ya sea publico, social y privado en el Sistema Nacional de Salud, así como servicios independientes a su profesión.
Aquel con un grado de estudio se le determinaran actividades especificas y para los que no cuentan con un grado de estudios nivelado sera bajo disposición jurídica.
Si se realizo el estudio fuera de la nación deberá contar con un documento de validación de servicios.
Procurar que el personal de enfermería cuente con la certificación profesional vigente expedida por los organismos colegiados que han obtenido el reconocimiento de idoneidad, expedido por el Consejo Consultivo de Certificación Profesional.
Dar la inducción al puesto a todo el personal de nuevo ingreso a una institución o sujeto a movimiento, en un área específica, de acuerdo a las necesidades detectadas, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables.
Verificar oportunamente la existencia y funcionamiento óptimo del equipo que se utiliza para proporcionar el cuidado de enfermería y, en su caso, reportar los faltantes y las fallas que representen un riesgo para los usuarios de los servicios de salud o para el propio personal. En correspondencia, los establecimientos de atención médica proporcionarán los recursos necesarios de material y equipo, verificando con oportunidad el buen funcionamiento de los mismos.
Cumplir con las normas institucionales y de orden técnico en materia laboral, que apliquen en el ámbito específico de su competencia, a fin de contribuir a la seguridad del usuario, la del equipo de salud, así como, para la conservación del medio ambiente.
Aspectos particulares:
Los aspectos del cuidado del individuo aplicadas a la atención de los pacientes y sus necesidades primordiales pueden ser colaborados por el personal no profesional, fuera del rango técnico o general en el cual estos serán supervisados por personal capacitado y servirán de apoyo en la protección y cuidado del paciente.
Para el personal técnico que cumple funciones en área hospitalaria y comunitaria serán capaces de realizar actividades independientes según el plan terapéutico y asistenciados por personal administrativo y docente.
Para el personal técnico debido a su nivel de estudio sera capas de realizar actividades de mediana complejidad, su función sustantiva sera asistencial al personal que requiera, docencia, de administración y colaboración en proyectos de investigación.
Para el personal con licenciatura podrán realizar actividades independientes y interdependientes de mayor complejidad por su nivel académico realizando planes de enfermería en el cual llevan la valoración,. ejecución y evaluación del individuo, su nivel académico lo hace competente para realizar actividades de mediana complejidad, cuenta con las competencias para colaborar en la formación de recursos humanos para la salud y para la realización de investigaciones de predominio operativo. Su función sustantiva es asistencial y las adjetivas son las docentes, de administración y de colaboración en proyectos de investigación.
Para el personal de post-grado puede realizar actividades independientes debido a su nivel de estudio académico realizando un plan de cuidados y un proceso de enfermería independiente llevando a la valoración, ejecución y evaluación de el mismo, su función sustantiva es la asistencial y las adjetivas son las docentes, de administración y de colaboración en proyectos de investigación.
Para el personal de enfermería con maestría podrá realizar actividades relacionadas con el proceso de enseñanza con rol de educador, investigador, consultor, o asesor en temas clínicos, colabora en la generación de nuevos conocimientos y en estudios interdisciplinarios o multidisciplinarios. Su función sustantiva es de docencia, administración e investigación.
Para el personal de enfermería con doctorado podrá realizar actividades relacionadas con el desarrollo y transformación del proceso enfermero y en conocimientos del área de la salud, aporta evidencias científicas para la formulación de políticas que mejoren la calidad y la seguridad de los pacientes, así como para la formación de recursos humanos para la salud. Su función sustantiva es de investigación.
Bibliográficas:
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5312523&fecha=02/09/2013
https://es.slideshare.net/NeneSuarez579/nom-019-ssa32013
http://www.stps.gob.mx/02_sub_trabajo/01_dgaj/nom19.pdf
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